Como sacar el DNI por primera vez
Te contamos cómo tramitar el DNI por primera vez paso a paso
Cómo sacar el DNI por primera vez
El ciudadano o ciudadana que tenga que solicitar por primera vez su Documento Nacional de Identidad (DNI) deberá acudir a un Equipo de Expedición del DNI, después de haber solicitado cita previa en el teléfono 060 o por internet en https://www.citapreviadnie.es.
Para la primera inscripción, puede comparecer en un Equipo con la documentación correspondiente, acompañado de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por éstas últimas si es menor de 14 años.
Las personas que, por motivos de enfermedad, situaciones de dependencia o discapacidad, no puedan desplazarse a una Oficina de expedición, podrán obtener su DNI a través de un familiar u otra persona, quien, además de los documentos exigidos, deberá presentar en la Oficina un formulario de solicitud cumplimentado por dicha persona (familiar, representante, etc.), una fotografía del titular del documento y un certificado médico oficial o un informe médico que acredite la imposibilidad de desplazamiento.
Un equipo móvil se desplazará al domicilio o centro sanitario donde se halle, para hacerlo.
En localidades sin comisaría de policía
A determinados municipios sin Comisaría de Policía suele acudir un Equipo Móvil que se instala en el Ayuntamiento; los ciudadanos residentes en estas localidades y en otras próxi-mas, podrán obtener o renovar el DNI aportando los mismos documentos que en los equipos fijos. A los Ayuntamientos a los que se desplaza el Equipo Móvil les serán comunicadas, con la debida antelación, las fechas señaladas para las visitas al objeto de que, por los mismos, sean difundidas a los ciudadanos.
Documentación necesaria para hacer el DNI por primera vez
Para solicitar la expedición del Documento Nacional de Identidad será imprescindible la presencia física de la persona a quien se haya de expedir, el abono en efectivo de la tasa legalmente establecida en cada momento y la presentación de los siguientes documentos:
A estos efectos, únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad.
La fotografía deberá mostrar claramente el óvalo de la cara, que incluye cejas, ojos, nariz, boca y mentón, y deberá ser de alta resolución y en papel fotográfico de buena calidad.
Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o persona con capacidad judicialmente complementada se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
Sacar el DNI por primera vez en caso de ciudadanos españoles residentes en el extranjero
Los españoles que, residiendo en el extranjero, tengan que sacar el dni por primera vez deberán aportar la documentación indicada en el apartado anterior y además los siguientes documentos:
Únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de tres meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad.
Qué es el Documento Nacional de Identidad (DNI)
El Documento Nacional de Identidad (DNI) es un documento público, oficial, personal e intransferible emitido por el Ministerio del Interior que goza de la protección que a los documentos públicos y oficiales otorgan las leyes.
Como titular estás obligado a tener el DNI en vigor y conservarlo y custodiarlo con la debida diligencia. En caso de que se te pierda o te lo roben deberás comunicarlo tan pronto como sea posible en la Comisaría de Policía o Puesto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad más próximo.
El DNI sirve para acreditar la identidad, la nacionalidad española y los datos personales de su titular que en él consignen.
Igualmente, el DNI permite a los españoles mayores de edad y a los menores emancipados la identificación electrónica de su titular, así como realizar la firma electrónica de documentos.
Quién tiene obligación de tener DNI
El DNI es obligatorio para las personas mayores de 14 años residentes en España y para los de igual edad que, residiendo en el extranjero, se trasladen a España por tiempo de seis meses o más. No obstante puede obtenerse antes, desde la inscripción del menor en el Registro Civil.