Cómo poner una denuncia ante la Inspección de trabajo y de la seguridad social.

En este artículo te vamos a contar cómo poner una denuncia ante la Inspección de trabajo y de la seguridad social sin morir en el intento.

Spoiler alert: Es mucho más fácil de lo que piensas.

Quien puede denunciar ante la inspección de trabajo y de la seguridad social

Dice la legislación que toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la Inspección de trabajo y seguridad social puede solicitar sus servicios.

¿Qué significa esto?

Que el denunciante a la inspección de trabajo no tiene que ser el trabajador necesariamente, sino cualquier persona conocedora de la situación, incluida el portero de tu casa o tu vecina la del quinto. También los representantes de los trabajadores, por supuesto.

¿Qué consecuencias tiene que la persona afectada no sea la que lo denuncia?

Pues según el art. 20.4 de la Ley 23/2015 de 21 de julio, al denunciante que no es el propio trabajador no se le considera interesado en la fase de investigación ni tampoco que el resultado de la investigación afecte a sus derechos individuales o colectivos.

¿Y qué pasa por eso? Pues que no tendrá derecho a recibir información sobre el estado de tramitación de su denuncia, ni de los hechos que se hayan constatado y ni de las medidas adoptadas al respecto.

Si la denuncia da lugar al inicio de un procedimiento sancionador el denunciante puede ser <<interesado>>si cumple los requisitos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Qué se puede denunciar

Cualquier infracción en alguna materia que sea competencia de la Inspección de trabajo.

Se consideran infracciones en el orden social las acciones y omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas en la normativa del orden social.

Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves y se sancionan a propuesta de la Inspección de Trabajo, previa instrucción del oportuno expediente y conforme al procedimiento administrativo especial establecido en el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo.

La intervención de la inspección de trabajo debe solicitarse a través de denuncia por escrito en las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social.

Te explicamos como hacerlo.

Requisitos de la denuncia ante la inspección de trabajo

Para presentar la denuncia tiene que ser por escrito, rellenando el formulario oficial que puedes descargarte aquí abajo

Toda denuncia debe contener la siguiente información:

  • Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social a la que va dirigido tu escrito, que deberá coincidir con la provincia donde radique el centro de trabajo objeto de denuncia.
  • Datos de identificación personal del denunciante y su firma, siendo necesario incluir teléfono de contacto.
  • Los hechos presuntamente constitutivos de infracción. Concretando qué se denuncia y a qué materia concreta afecta (laboral, seguridad social, prevención de riesgos, etc.)
  • Fecha y lugar en el que se produjeron los hechos. Es necesaria su localización exacta en caso de no ubicarse en dirección concreta.
  • Identificación de los presuntamente responsables, señalando el empleador o empresario al que se denuncia.
  • Demás circunstancias que consideres importantes para la denuncia, acompañando, en su caso, la documentación justificativa.

Denuncias que no van a ninguna parte. Atención a no cometer estos fallos:

Para que no pierdas el tiempo y tu denuncia llegue a buen puerto, tienes que tener en cuenta algunas cosas:

  • no se tramitan denuncias anónimas. Si la denuncia no contiene los datos de identificación del denunciante no irá a ninguna parte.
  • no se investigan las denuncias sobre materias que no sean competencia de la inspección de trabajo.
  • no se investigan denuncias que carezcan de fundamento o resulten ininteligibles.
  • no se investigan denuncias que sean ininteligibles
  • tampoco se investigarán las denuncias que ya estén en manos de la Justicia.

Cómo presentar la denuncia ante la inspección de trabajo

Ya te has decidido a presentar una denuncia ante la inspección de trabajo, la cuestión es ¿Cómo hacerlo? Pues bien existen tres maneras en las que puedes presentar la denuncia.

Vamos a verlas:

Denuncia presencial

Si quieres presentar una denuncia presencial puedes hacerlo tanto en las oficinas de las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social como en los registros de los demás órganos de la Administración del Estado y de las CCAA o en los registros de las administraciones locales que tengan convenio.

En caso de que prefieras presentar la denuncia por registro, sin personarte, recuerda adjuntar una copia compulsada del DNI del denunciante, si eres tú pues el tuyo.

Y si el denunciante no eres tú además de la copia compulsada tienes que presentar también una autorización expresa del denunciante. ¿Y esto pa’ qué? Para que la Inspección pueda verificar sus datos de identidad en el registro correspondiente.

Denuncia telemática

Para poder presentar una denuncia telemática es imprescindible que tengas DNI electrónico o firma electrónica reconocida por la plataforma @firma.

Si tienes alguna de las dos, puedes presentar tu denuncia en la Sede electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Denuncia por vía postal

También puedes enviar una carta certificada a la oficina correspondiente de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.

Al igual que en el caso de que presentes la denuncia por Registro, para presentarla por vía postal es necesario que adjuntes una copia compulsada del DNI del denunciante si eres tú y si no eres tú una autorización expresa del denunciante.

¿Es posible hacer una denuncia anónima ante la Inspección de trabajo?

Las denuncias no pueden ser anónimas. Sin embargo, existe otro procedimiento de comunicación con la inspección mediante el llamado para informar de cualquier fraude laboral.

Buzón de lucha contra el fraude

A través de este buzón puedes poner en su conocimiento irregularidades como acoso sexual y por razón de sexo, incumplimientos en materia de riesgos laborales, trabajadores sin contrato y falsos autónomos, trabajadores con contratos temporales irregulares y un largo etc.

Las comunicaciones al buzón de lucha contra el fraude no son una denuncia como tal. Simplemente y esta vez sí, de manera anónima, tú pones una situación en conocimiento de la Inspección y la Inspección si lo considera oportuno puede actuar de oficio.



2 comentarios

  1. estoy trabajando en una empresa suvencionada por el principado de asturias ya k tengo una minusbalia desde hace 3 meses no me pagan ni me dan vacaciones ni me dejan hablar con el jerente ami ya otros 15 trabajadores

    1. Buenos días Jose María, siento mucho que estéis pasando por esa situación.

      Lo que te puedo recomendar es que habléis con vuestro sindicato de confianza. También podéis poner una denuncia ante la inspección de trabajo. Como habrás leído en el artículo si quieres poner en conocimiento de la inspección de manera anónima la situación que estáis sufriendo puedes utilizar el buzón.

      Mucho ánimo y que vaya todo bien!

      PD: He tenido que borrar tus otros dos comentarios por protección de datos.

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