Requisitos para casarse en España por lo civil o por la iglesia

Te contamos todos los requisitos legales que tienes que cumplir para casarte en España, ya sea por lo civil o por la iglesia.

Coge lápiz y papel que arrancamos.

Requisitos para casarse por lo civil en España

¿Te quieres casar civilmente y no sabes qué requisitos tenéis que cumplir tú y tu pareja? Estos son

Los requisitos para poder contraer matrimonio válidamente se suelen clasificar en tres grupos:

  • requisitos subjetivos o personales: tienen que ver tanto con la capacidad general para contraer matrimonio como con las prohibiciones de casarnos con algunas personas.
  • requisitos materiales: tienen que ver con el consentimiento matrimonial.
  • requisitos formales: hacen referencia a cómo se debe celebrar el matrimonio, a esas formalidades que debe cumplir el acto del matrimonio para que sea válido.

Requisitos de capacidad

¿A qué nos referimos cuando hablamos de capacidad para casarnos? A los requisitos que exige el Código Civil para considerar que somos aptos o aptas para casarnos. ¿Cumples estos requisitos? Fenomenal, eres apto, tienes capacidad para casarte.

En cuanto a la prohibición de casarse hay dos tipos de prohibiciones, llamados impedimentos: los impedimentos no dispensables y los impedimentos dispensables.

Los impedimentos no dispensables son aquellos que no admiten discusión, si te encuentras en una de esas dos situaciones no hay nada que hacer. No se pueden casar:

🚫 los menores de edad no emancipados

🚫 las personas que ya estén casadas

En el caso de los impedimentos dispensables pues son otro tipo de impedimentos. Son prohibiciones de casarse que el juez puede estudiar y autorizar si lo cree conveniente. En principio no te puedes casar pero puedes pedir permiso al juez y si te lo da, pues te casas.

En principio NO pueden contraer matrimonio, hasta que un juez diga lo contrario:

🚫 Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción

🚫 Los parientes colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado

🚫 Los condenados por la muerte dolosa del cónyuge o pareja de hecho

Requisitos de consentimiento

No es suficiente con que tengas capacidad para casarte, es que tienes que querer.

A eso hace referencia el requisito del consentimiento. Tiene que existir una voluntad inequívoca de casarse. Esa voluntad de exteriorizarse de manera libre, seria y conscientemente en el momento de la celebración del matrimonio. Es el momento que sale siempre en las películas del sí, quiero.

Es cuando el oficiante pregunta a cada uno de los contrayentes si consienten en contraer matrimonio con el otro y si efectivamente lo contraen en dicho acto y, si ambos responden afirmativamente, a continuación declara que los dos quedan unidos en matrimonio y extiende la inscripción o el acta correspondiente.

Si el consentimiento no es libre, si se presta bajo error, coacción o miedo, el matrimonio será nulo.

Por otra parte, la ausencia o falta de aptitud mental para prestar consentimiento matrimonial también tiene como consecuencia la nulidad del matrimonio.

Entonces ¿se pueden casar las personas con diversidad funcional?

Según lo que dice el art. 56.2 del Código Civil, podrán casarse las personas mayores de edad con discapacidad cuya madurez sea equivalente a la de un menor que pudiera ser emancipado judicialmente. Es decir, que la madurez de la persona con discapacidad debe ser como mínimo la de un menor emancipado judicialmente. ¿Cómo se determina si existe esa madurez? Pues a través de un dictamen médico sobre la aptitud para prestar consentimiento.

Requisitos de forma

En nuestro sistema matrimonial, desde el punto de vista de la forma, se permite que el matrimonio se celebre tanto civilmente como a través de ritos religiosos. Eso sí, independientemente de la forma que elijas para casarte, antes tendrás que tramitar un acta o expediente matrimonial para constatar que cumplís los requisitos para contraer matrimonio válidamente.

Además del matrimonio ordinario existen algunos matrimonios con particularidades en cuanto a los requisitos de forma: matrimonio celebrado en el extranjero, matrimonio en peligro de muerte, matrimonio por poderes, matrimonio en el que uno de los contrayentes es extranjero y matrimonio secreto.

Requisitos para casarse dos mujeres o dos hombres por lo civil en España

Por mucho que a alguna gente le escueza, desde 2005 el matrimonio entre personas del mismo sexo es perfectamente legal en España y las personas homosexuales pueden casarse como todo el mundo.

Eso gracias a la Ley 13/2005 de 1 de julio, que modificó el Código Civil otorgando los mismos efectos al matrimonio homosexual y heterosexual (también equiparó los derechos sucesorios, pero eso es otro tema).

Así el nuevo artículo 44, en su párrafo segundo, establece que «el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo.»

Como ves, para poder casaros dos mujeres o dos hombres simplemente tenéis que cumplir los requisitos que acabamos de explicar un poco más arriba.

Requisitos para casarse en forma religiosa en España

El Estado español ha celebrado diferentes acuerdos, tanto con la Santa Sede, con con las confesiones evangélica, judía e islámica, a través de los cuales se ha dado reconocimiento civil a los matrimonios celebrados con arreglo a los ritos de estas confesiones religiosas.

¿Cuáles son esos acuerdos?

  • El Acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Español sobre Asuntos Jurídicos, de 3 de Enero de 1979. Esta norma tiene valor de tratado internacional y se ocupa de los efectos civiles del matrimonio canónico.
  • Los Acuerdos de cooperación con las confesiones evangélica, judía e islámica aprobados el 10 de noviembre, por las Leyes 24/1992, 25/1992 y 26/1992 que, como hemos dicho, otorgan efectos civiles a los matrimonios celebrados ante sus ministros de culto.

Cabe destacar que, por el contrario, el Tribunal Constitucional ha señalado que los matrimonios celebrados con arreglo al rito gitano no tienen validez civil. ¿Por qué? Porque la unión celebrada conforme a los usos y costumbres gitanos no ha sido reconocida por el legislador como una de las formas válidas para contraer matrimonio con efectos de validez civil.

Documentos imprescindibles para casarse

Tanto si te vas a casar civilmente como en forma religiosa, antes del gran día tendrás que tramitar el expediente matrimonial. El objetivo de este expediente es comprobar que tanto tú como tú pareja cumplís los requisitos necesarios para poder casaros.

Qué pasa si tú o tu pareja no cumplís los requisitos necesarios para poder casaros

Hemos dicho que existen tres tipos de requisitos para poder casarse: personales, materiales y formales. ¿Qué pasa si tú o tu pareja no cumplís alguno de estos requisitos? Pues que el matrimonio será nulo, que es como si no te hubieras casado.

¿Qué matrimonios son nulos?

❌ Los celebrados sin consentimiento matrimonial por inexistencia o simulación.

❌ Los celebrados entre las personas que lo tienen prohibido: menores no emancipados, personas que ya están casadas y luego los parientes en línea recta, colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado y los condenados por la muerte dolosa del cónyuge o pareja de hecho.

❌ Los matrimonios celebrados sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario o sin testigos.

❌ El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento.

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