Artículo 33 de la Constitución Española. Derecho a la propiedad
¿Qué dice el artículo 33 de la Constitución Española?
Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 33 CE, verás que dice lo siguiente:
«1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.
2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.
3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.»
Art. 33 CE
Encuadre del artículo 33 CE
- Constitución española
- CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades
- Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades
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