Artículo 40 de la Constitución Española
¿Qué dice el artículo 40 de la Constitución Española?
Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 40 CE, verás que dice lo siguiente:
«1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados. »
Art. 40 CE
Encuadre del artículo 40 CE
- Constitución española
- CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica
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