Artículo 41 de la Constitución Española
¿Qué dice el artículo 41 de la Constitución Española?
Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 41 CE, verás que dice lo siguiente:
« Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.»
Art. 41 CE
Encuadre del artículo 41 CE
- Constitución española
- CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica
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