Artículo 43 de la Constitución Española. Derecho a la salud
¿Qué dice el artículo 43 de la Constitución Española?
Si vas al BOE a buscar el artículo 43 CE, verás que dice lo siguiente:
«1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública através de medidas preventivas y de las prestaciones y srvicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos la respecto.
3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.»
Art. 43 CE
Encuadre del artículo 43 CE
- Constitución española
- CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica
Esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 43 de la Constitución Española. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido, el cual es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.