Artículo 50 de la Constitución española de 1978
¿Qué dice el artículo 50 de la Constitución Española?
Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 50 CE, verás que dice lo siguiente:
« Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.»
Art. 50 CE
Encuadre del artículo 50 CE
- Constitución española
- CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica
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