Artículo 51 de la Constitución Española
¿Qué dice el artículo 51 de la Constitución Española?
Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 51 CE, verás que dice lo siguiente:
«1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca.
3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.»
Art. 51 CE
Encuadre del artículo 51 CE
- Constitución española
- CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica
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