Artículo 57 del Estatuto de los Trabajadores. Procedimiento concursal
¿Qué dice el artículo 57 Estatuto de los Trabajadores?
Si vas al BOE a buscar el artículo 57 ET, verás que dice lo siguiente:
<< En caso de concurso, a los supuestos de modificación, suspensión y extinción colectivas de los contratos de trabajo y de sucesión de empresa, se aplicarán las especialidades previstas en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.>>
Art. 57 ET
Encuadre del artículo 57 del Estatuto de los Trabajadores
- Texto Refundido del Estatuto de los trabajadores
- TÍTULO I. De la relación individual de trabajo
- CAPÍTULO III. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
- Sección 5.ª Procedimiento concursal
- Artículo 57. Procedimiento concursal
- Sección 5.ª Procedimiento concursal
- CAPÍTULO III. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
- TÍTULO I. De la relación individual de trabajo
Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 57 Estatuto de los Trabajadores. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido, el cual es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.