Artículo 120 Ley 39/2015. Pluralidad de recursos administrativos
¿Qué dice el artículo 120 Ley 39/2015?
<<1. Cuando deban resolverse una pluralidad de recursos administrativos que traigan causa de un mismo acto administrativo y se hubiera interpuesto un recurso judicial contra una resolución administrativa o bien contra el correspondiente acto presunto desestimatorio, el órgano administrativo podrá acordar la suspensión del plazo para resolver hasta que recaiga pronunciamiento judicial.
2. El acuerdo de suspensión deberá ser notificado a los interesados, quienes podrán recurrirlo.
La interposición del correspondiente recurso por un interesado, no afectará a los restantes procedimientos de recurso que se encuentren suspendidos por traer causa del mismo acto administrativo.3. Recaído el pronunciamiento judicial, será comunicado a los interesados y el órgano administrativo competente para resolver podrá dictar resolución sin necesidad de realizar ningún trámite adicional, salvo el de audiencia, cuando proceda.>>
Art. 120 LPAC
Encuadre del artículo 120 Ley 39/2015
- Ley 39/2015, de 1 de junio, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
- TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa
- CAPÍTULO II. Recursos administrativos
- Sección 1ª. Principios generales
- Artículo 112. Objeto y clases.
- Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión.
- Artículo 114. Fin de la vía administrativa.
- Artículo 115. Interposición de recurso.
- Artículo 116. Causas de inadmisión.
- Artículo 117. Suspensión de la ejecución.
- Artículo 118. Audiencia de los interesados.
- Artículo 119. Resolución.
- Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos.
- Sección 1ª. Principios generales
- CAPÍTULO II. Recursos administrativos
- TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa
Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 120 Ley 39/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en los mismos.