Artículo 123 Ley 39/2015. Objeto y naturaleza del recurso potestativo de reposición
El artículo 123 Ley 39/2015 regula el recurso potestativo de reposición, que se llama potestativo porque no es obligatorio interponerlo.
Vamos a ver qué dice la ley sobre este tipo de recurso administrativo.
¿Qué dice el artículo 123 Ley 39/2015?
Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 123 Ley 39/2015, verás que dice lo siguiente:
<<1. Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
2. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.>>
Art. 123 Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Encuadre del artículo 123 Ley 39/2015
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa
- CAPÍTULO II Recursos administrativos
- Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición
- Artículo 123. Objeto y naturaleza
- Artículo 124. Plazos
- Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición
- CAPÍTULO II Recursos administrativos
- TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa
Comentarios del artículo 123 Ley 39/2015 sobre el recurso potestativo de reposición
El recurso potestativo de reposición o recurso de reposición es un tipo de recurso administrativo que, como ya hemos dicho, se llama potestativo por que no es obligatorio interponerlo. Es decir, interponerlo es una facultad para el interesado: si quieres lo interpones y si no quieres no lo interpones y acudes directamente a los Tribunales.
El objeto de este recurso son los actos administrativos que ponen fin a la vía administrativa. Y como ponen fin pueden ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo saltándose el recurso de reposición si lo prefieres.
Ahora bien, si decides interponer el recurso potestativo de reposición estas son las normas:
- – El recurso de reposición hay que interponerlo ante el mismo órgano que haya dictado el acto que quieres recurrir.
- – Una vez interpuesto este recurso, no podrás acudir a los Juzgados o Tribunales hasta que se resuelva el recurso ya sea expresamente o por desestimación presunta.
El artículo 112 de la Ley 39/2015 establece que el recurso de reposición puede fundarse en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley.
Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 123 de la Ley 39/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.