Artículo 46 Ley 39/2015. Indicación de notificaciones y publicaciones

El artículo 46 Ley 39/2015 regula la notificación de actos administrativos a través de anuncios y publicaciones. En concreto, se establece la obligación de publicar una breve indicación en el Diario Oficial correspondiente en caso de que se considere que esta forma de notificación puede lesionar derechos o intereses legítimos. Además, se permite a las Administraciones establecer formas complementarias de notificación, sin excluir la obligación de la publicación en el Diario Oficial.

¿Qué dice el artículo 46 Ley 39/2015?

Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 46 LPAC, verás que dice lo siguiente:

<<Si el órgano competente apreciase que la notificación por medio de anuncios o la publicación de un acto lesiona derechos o intereses legítimos, se limitará a publicar en el Diario oficial que corresponda una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento.

Adicionalmente y de manera facultativa, las Administraciones podrán establecer otras formas de notificación complementarias a través de los restantes medios de difusión que no excluirán la obligación de publicar en el correspondiente Diario oficial.>>

Art. 46 LPAC

Encuadre del artículo 46 Ley 39/2015

Esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 46 Ley 39/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido, el cual es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.

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