Artículo 100 Ley 40/2015. Régimen jurídico del personal y de contratación

El artículo 100 de la Ley 40/2015 regula el régimen jurídico del personal y de contratación en los organismos autónomos estatales, estableciendo las normas aplicables para el personal al servicio de estos organismos, ya sean funcionarios o laborales, así como las pautas para la contratación de los mismos, todo ello en el marco de la organización y funcionamiento del sector público institucional.

¿Qué dice el artículo 100 Ley 40/2015?

Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 100 de la Ley 40/2015, verás que dice lo siguiente:

<<1. El personal al servicio de los organismos autónomos será funcionario o laboral, y se regirá por lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, y demás normativa reguladora de los funcionarios públicos y por la normativa laboral.

El nombramiento de los titulares de los órganos de los organismos autónomos se regirá por las normas aplicables a la Administración General del Estado.

El titular del máximo órgano de dirección del organismo tendrá atribuidas, en materia de gestión de recursos humanos, las facultades que le asigne la legislación específica.

El organismo autónomo estará obligado a aplicar las instrucciones sobre recursos humanos dictadas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a comunicarle a este departamento cuantos acuerdos o resoluciones adopte en aplicación del régimen específico de personal establecido en su Ley de creación o en sus estatutos.

2. La contratación de los organismos autónomos se ajustará a lo dispuesto en la legislación sobre contratación del sector público. El titular del máximo órgano de dirección del organismo autónomo será el órgano de contratación.>>

Art. 100 LRJSP

Encuadre del artículo 100 Ley 40/2015

Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 100 Ley 40/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.