Artículo 109 Ley 40/2015. Definición de las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal
El artículo 109 de la Ley 40/2015 establece la regulación de las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal, definiéndolas como entidades de derecho público vinculadas a la Administración General del Estado, con autonomía y funciones de regulación o supervisión sobre sectores económicos o actividades específicas, garantizando su independencia funcional y abstención de intereses empresariales.
¿Qué dice el artículo 109 Ley 40/2015?
Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 109 Ley 40/2015, verás que dice lo siguiente:
<<1. Son autoridades administrativas independientes de ámbito estatal las entidades de derecho público que, vinculadas a la Administración General del Estado y con personalidad jurídica propia, tienen atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre sectores económicos o actividades determinadas, por requerir su desempeño de independencia funcional o una especial autonomía respecto de la Administración General del Estado, lo que deberá determinarse en una norma con rango de Ley.
2. Las autoridades administrativas independientes actuarán, en el desarrollo de su actividad y para el cumplimiento de sus fines, con independencia de cualquier interés empresarial o comercial.
3. Con independencia de cuál sea su denominación, cuando una entidad tenga la naturaleza jurídica de autoridad administrativa independiente deberá figurar en su denominación la indicación «autoridad administrativa independiente» o su abreviatura «A.A.I.».>>
Art. 109 LRJSP
Encuadre del artículo 109 Ley 40/2015
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- TÍTULO II. Organización y funcionamiento del sector público institucional
- CAPÍTULO IV. Las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal
- Artículo 109. Definición
- Artículo 110. Régimen jurídico
- CAPÍTULO IV. Las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal
- TÍTULO II. Organización y funcionamiento del sector público institucional
Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 109 Ley 40/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.