Artículo 113 Ley 40/2015. Régimen jurídico de las sociedades mercantiles estatales

El artículo 113 de la Ley 40/2015 regula el régimen jurídico de las sociedades mercantiles estatales en España, estableciendo su marco normativo bajo las disposiciones de la propia Ley, la Ley 33/2003 y el ordenamiento jurídico privado, con excepciones en áreas como normativa presupuestaria, contable, de personal, control económico-financiero y contratación, sin permitir el ejercicio de facultades que impliquen autoridad pública, a menos que la ley lo autorice de manera excepcional.

¿Qué dice el artículo 113 Ley 40/2015?

Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 113 Ley 40/2015, verás que dice lo siguiente:

<<Las sociedades mercantiles estatales se regirán por lo previsto en esta Ley, por lo previsto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, y por el ordenamiento jurídico privado, salvo en las materias en que le sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de personal, de control económico-financiero y de contratación. En ningún caso podrán disponer de facultades que impliquen el ejercicio de autoridad pública, sin perjuicio de que excepcionalmente la ley pueda atribuirle el ejercicio de potestades administrativas.>>

Art. 113 LRJSP

Encuadre del artículo 113 Ley 40/2015

Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 113 Ley 40/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.