Artículo 131 Ley 40/2015. Régimen de contratación de las fundaciones

El artículo 131 de la Ley 40/2015 regula la contratación de las fundaciones del sector público estatal, estableciendo que dichas contrataciones deben ajustarse a lo dispuesto en la legislación sobre contratación del sector público.

¿Qué dice el artículo 131 Ley 40/2015?

Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 131 de la Ley 40/2015, verás que dice lo siguiente:

<<La contratación de las fundaciones del sector público estatal se ajustará a lo dispuesto en la legislación sobre contratación del sector público.>>

Art. 131 LRJSP

Encuadre del artículo 131 Ley 40/2015

Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 131 Ley 40/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.