Artículo 143 Ley 40/2015. Cooperación entre Administraciones Públicas

¿Qué dice el artículo 143 Ley 40/2015?

Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 143 de la Ley 40/2015, verás que dice lo siguiente:

<<1. Las Administraciones cooperarán al servicio del interés general y podrán acordar de manera voluntaria la forma de ejercer sus respectivas competencias que mejor sirva a este principio.

2. La formalización de relaciones de cooperación requerirá la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación o en convenios.>>

Art. 143 LRJSP

Encuadre del artículo 143 Ley 40/2015

Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 143 Ley 40/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.