Artículo 41 Ley 40/2015. Actuación administrativa automatizada

El artículo 41 de la Ley 40/2015 regula la actuación administrativa automatizada en el marco de un procedimiento administrativo, definiendo como tal cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública sin la intervención directa de un empleado público, estableciendo los órganos competentes y responsables para su definición, programación, mantenimiento y control de calidad.

¿Qué dice el artículo 41 Ley 40/2015?

Si vas al BOE a buscar el artículo 41 LRJSP, verás que dice lo siguiente:

<<1. Se entiende por actuación administrativa automatizada, cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público.

2. En caso de actuación administrativa automatizada deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.>>

Art. 41 LRJSP

Encuadre del artículo 41 Ley 40/2015

Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 41 Ley 40/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.