Artículo 56 Ley 40/2015. Elementos organizativos básicos.
¿Qué dice el artículo 56 Ley 40/2015?
Si vas al BOE a buscar el artículo 56 LRJSP, verás que dice lo siguiente:
<<1. Las unidades administrativas son los elementos organizativos básicos de las estructuras orgánicas. Las unidades comprenden puestos de trabajo o dotaciones de plantilla vinculados funcionalmente por razón de sus cometidos y orgánicamente por una jefatura común. Pueden existir unidades administrativas complejas, que agrupen dos o más unidades menores.
2. Los jefes de las unidades administrativas son responsables del correcto funcionamiento de la unidad y de la adecuada ejecución de las tareas asignadas a la misma.
3. Las unidades administrativas se establecen mediante las relaciones de puestos de trabajo, que se aprobarán de acuerdo con su regulación específica, y se integran en un determinado órgano.>>
Art. 56 LRJSP
Encuadre del artículo 56 Ley 40/2015
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- TÍTULO I. Administración General del Estado
- CAPÍTULO I. Organización administrativa
- Artículo 54. Principios y competencias de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado
- Artículo 55. Estructura de la Administración General del Estado
- Artículo 56. Elementos organizativos básicos
- CAPÍTULO I. Organización administrativa
- TÍTULO I. Administración General del Estado
Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 56 Ley 40/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.