Artículo 58 Ley 40/2015. Organización interna de los Ministerios
¿Qué dice el artículo 58 Ley 40/2015?
Si vas al BOE a buscar el artículo 58 Ley 40/2015, verás que dice lo siguiente:
<<1. En los Ministerios pueden existir Secretarías de Estado, y Secretarías Generales, para la gestión de un sector de actividad administrativa. De ellas dependerán jerárquicamente los órganos directivos que se les adscriban.
2. Los Ministerios contarán, en todo caso, con una Subsecretaría, y dependiendo de ella una Secretaría General Técnica, para la gestión de los servicios comunes previstos en este Título.
3. Las Direcciones Generales son los órganos de gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas.
4. Las Direcciones Generales se organizan en Subdirecciones Generales para la distribución de las competencias encomendadas a aquéllas, la realización de las actividades que les son propias y la asignación de objetivos y responsabilidades. Sin perjuicio de lo anterior, podrán adscribirse directamente Subdirecciones Generales a otros órganos directivos de mayor nivel o a órganos superiores del Ministerio.>>
Art. 58 LRJSP
Encuadre del artículo 58 Ley 40/2015
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- TÍTULO I. Administración General del Estado
- CAPÍTULO II. Los Ministerios y su estructura interna
- Artículo 57. Los Ministerios
- Artículo 58. Organización interna de los Ministerios
- Artículo 59. Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas
- Artículo 60. Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales
- Artículo 61. Los Ministros
- Artículo 62. Los Secretarios de Estado
- Artículo 63. Los Subsecretarios
- Artículo 64. Los Secretarios generales
- Artículo 65. Los Secretarios generales técnicos
- Artículo 66. Los Directores generales
- Artículo 67. Los Subdirectores generales
- Artículo 68. Reglas generales sobre los servicios comunes de los Ministerios
- CAPÍTULO II. Los Ministerios y su estructura interna
- TÍTULO I. Administración General del Estado
Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 58 Ley 40/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.