Artículo 67 Ley 40/2015. Los subdirectores generales
¿Qué dice el artículo 67 Ley 40/2015?
Si vas al BOE a buscar el artículo 67 Ley 40/2015, verás que dice lo siguiente:
<<1. Los Subdirectores generales son los responsables inmediatos, bajo la supervisión del Director general o del titular del órgano del que dependan, de la ejecución de aquellos proyectos, objetivos o actividades que les sean asignados, así como de la gestión ordinaria de los asuntos de la competencia de la Subdirección General.
2. Los Subdirectores generales serán nombrados, respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad, y cesados por el Ministro, Secretario de Estado o Subsecretario del que dependan.
Art. 67 LRJSP
Los nombramientos habrán de efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, o de otras Administraciones, cuando así lo prevean las normas de aplicación, pertenecientes al Subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.>>
Encuadre del artículo 67 Ley 40/2015
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- TÍTULO I. Administración General del Estado
- CAPÍTULO II. Los Ministerios y su estructura interna
- Artículo 57. Los Ministerios
- Artículo 58. Organización interna de los Ministerios
- Artículo 59. Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas
- Artículo 60. Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales
- Artículo 61. Los Ministros
- Artículo 62. Los Secretarios de Estado
- Artículo 63. Los Subsecretarios
- Artículo 64. Los Secretarios generales
- Artículo 65. Los Secretarios generales técnicos
- Artículo 66. Los Directores generales
- Artículo 67. Los Subdirectores generales
- Artículo 68. Reglas generales sobre los servicios comunes de los Ministerios
- CAPÍTULO II. Los Ministerios y su estructura interna
- TÍTULO I. Administración General del Estado
Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 67 Ley 40/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.