Artículo 80 Ley 40/2015. El Servicio Exterior del Estado

El artículo 80 de la Ley 40/2015 regula el Servicio Exterior del Estado, estableciendo que su composición, organización, funciones, integración y personal se rigen por la Ley 2/2014 de Acción y Servicio Exterior del Estado, así como su normativa de desarrollo, y supletoriamente, por lo dispuesto en la propia Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

¿Qué dice el artículo 80 Ley 40/2015?

Si vas al BOE a buscar el artículo 80 LRJSP, verás que dice lo siguiente:

<<El Servicio Exterior del Estado se rige en todo lo concerniente a su composición, organización, funciones, integración y personal por lo dispuesto en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado y en su normativa de desarrollo y, supletoriamente, por lo dispuesto en esta Ley.>>

Art. 80 LRJSP

Encuadre del artículo 80 Ley 40/2015

Tanto si estás opositando como si eres estudiante de Derecho o profesional del ámbito jurídico, esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 80 Ley 40/2015. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido.