Artículo 14 de la Constitución Española

El artículo 14 de la Constitución Española regula el principio de igualdad ante la ley para todos los ciudadanos españoles, garantizando que no prevalezca ninguna forma de discriminación basada en el nacimiento, raza, sexo, religión, opinión u otras condiciones personales o sociales.

¿Qué dice el artículo 14 de la Constitución Española?

Si vas al BOE a buscar la redacción del artículo 14 CE, verás que dice lo siguiente:

<<Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social>>.

Art. 14 CE

Encuadre del artículo 14 CE

  • Constitución española
    • TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales
      • CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades
        • Artículo 14

Esperamos que te haya sido útil este post sobre el artículo 14 de la Constitución Española. Advertimos de que la única normativa oficial se encuentra publicada en el BOE o Boletín Oficial correspondiente, siendo esta la única legalmente válida. Declinamos cualquier responsabilidad por daños que puedan causarse debido a inexactitudes e incorrecciones en este contenido, el cual es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.

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