Cómo reclamar el grado de discapacidad: requisitos y reclamación previa

En este artículo te contamos cómo reclamar la valoración del grado de discapacidad si no estás de acuerdo con cómo o qué te han valorado.

¡Vamos a ello!

Antes de reclamar la valoración del grado de discapacidad

Vamos a situarnos.

Has enviado tu solicitud de valoración del discapacidad, te han citado para la entrevista, has tenido la entrevista con los técnicos (normalmente un médico y una psicóloga) y te ha llegado una notificación con la resolución.

Abres la carta y te cae un jarro de agua fría.

Te encuentras con que no te han dado el grado de discapacidad que necesitabas.

Si tienes una enfermedad rara o poco frecuente es importante que sepas que no estás solo o sola. Según un estudio del IMSERSO que puedes consultar aquí, el 18,9% de las personas que participaron en el estudio no posee el certificado de discapacidad y a un 4,65% se lo han denegado por considerar que su enfermedad rara no era discapacitante.

Además, el 35,1% de los encuestados con valoración están insatisfechos con el grado de discapacidad reconocido. En el caso de las asociaciones de afectados, la gran mayoría considera que la valoración de la discapacidad no suele ser acorde con la discapacidad real que presentan las personas afectadas.

Tengas la enfermedad que tengas la pregunta es:

¿Qué puedes hacer si no estás de acuerdo con el grado de minusvalía?

Reclamar primero a la administración y si eso no resulta, reclamar en el juzgado. Te contamos cómo impugnar el grado de discapacidad paso a paso.

Cómo reclamar el grado de discapacidad paso a paso

Para reclamar la valoración de discapacidad tendrás que pasar por varias fases. Es importante que tengas presente que no puedes acudir al juez directamente, sino que primero tendrás que reclamar ante la propia Administración.

Para reclamar ante la Administración no necesitas abogado/a, pero es muy recomendable que cuentes con asistencia letrada. Te evitarás dolores de cabeza y tendrás más posibilidades de éxito en tu reclamación.

Estas son las fases de la reclamación hasta llegar al Juzgado (si es que quieres llegar hasta ahí finalmente)

Paso 1: presentar una reclamación previa a la vía judicial

Habrás recibido una carta que pone notificación de resolución sobre el grado de discapacidad.

Al final de esa carta, debajo de donde pone Resuelvo reconocer a Fulanito o Menganita grado total de discapacidad ___________ encontrarás un párrafo que dirá algo como esto o parecido:

De este párrafo infumable sacamos varias informaciones importantes:

– si no estamos de acuerdo con el grado de discapacidad que nos atribuyen, para reclamar hay interponer una reclamación previa a la vía jurisdiccional social (regulada en el art. 71 LRJS) dirigido al organismo de valoración del grado de discapacidad que corresponda, en este caso a la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid.

– tenemos un plazo de 30 días hábiles (no se cuentan sábados, domingos ni festivos) contados a partir del día siguiente en que hemos recibido la carta con la resolución para interponer esa reclamación previa.

– si en la reclamación previa no nos hacen caso, lo siguiente es interponer una demanda en la jurisdicción social.

La reclamación previa, en este caso la reclamación administrativa previa a la vía judicial, es un escrito de reclamación presentado ante la Administración que ha determinado el grado de discapacidad, con carácter previo a la demanda por vía judicial.

En ella solicitas la modificación o revocación de un acto administrativo, en este caso, una resolución negativa en materia de reconocimiento de prestaciones.

La reclamación previa es un trámite imprescindible para poder ir a los Juzgados de lo Social.

Una vez que has presentado tu reclamación previa la Seguridad Social tiene 45 días para responderte. Si no te responden o no te hacen caso a lo que pides entonces ya puedes ir a la Justicia. En concreto a los juzgados de la jurisdicción social, que es la que corresponde.

Requisitos que hay que cumplir al presentar la reclamación previa.

Para presentar la reclamación previa no se requiere un formulario normalizado, pero sí será necesario incluir al menos los siguientes datos:

  • nombre, apellidos y firma de quien presenta reclamación previa y/o su representante (si la presentas tú en nombre de tus hijos menores de edad)
  • un domicilio a efectos de notificaciones
  • hechos, alegaciones y peticiones al organismo de valoración del grado de discapacidad
  • lugar, fecha y organismo al que se dirige la reclamación previa.

La cabecera de tu escrito podría tener una pinta como esta:

¿Qué pongo en la reclamación previa?

Una vez que has hecho la cabecera del escrito con tus datos personales, viene la parte de las alegaciones.

En esta parte es donde tienes que poner todos aquellos hechos, razonamientos, argumentos y peticiones que consideres necesarios para rebatir el grado de discapacidad que te han dado.

Una cosa importante en la que fijarse es si el organismo de valoración del grado de discapacidad ha cumplido las normas del procedimiento.

La Administración tiene la obligación de motivar sus resoluciones. Motivar una resolución es indicar cuáles son los hechos y fundamentos jurídicos en los que se basa la decisión, en este caso, el porcentaje de discapacidad que te han dado.

Esta obligación de motivar las resoluciones administrativas sirve para evitar la arbitrariedad de la Administración y para dar a conocer al interesado las razones por las que se ha tomado esa decisión.

Spoiler: Decir que te dan X porcentaje de discapacidad sin explicar el cómo ni porqué no es motivar una resolución.

Cómo presentar la reclamación previa

Puedes presentar presencialmente tu reclamación previa de varias maneras:

  • En los Registros de la Administración regional de tu Comunidad Autónoma
  • En los Registros de la Administración General del Estado.
  • En el Registro de tu Ayuntamiento
  • En una oficina de Correos mediante correo administrativo
  • En las representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

Paso 2: contestación a la reclamación previa

Una vez que hayas puesto tu reclamación previa, la Administración tiene 45 días para contestarte.

O pueden no contestarte nunca. Si pasan seis meses sin noticias de la Administración, tendrás que entender que te han denegado las peticiones y alegaciones que hayas hecho en tu recurso. Es lo que se conoce como silencio administrativo negativo.

Paso 3: rumbo a la jurisdicción social

Si la respuesta a tu recurso no es satisfactoria o, como decíamos antes, no obtienes respuesta lo siguiente es acudir a la jurisdicción social y demandar a la administración. En este caso a la Seguridad social.

Para tener más posibilidades de obtener una sentencia a tu favor es una buena idea apoyarse no sólo en los informes particulares que tengas, sino también en una prueba pericial que aplique los baremos del Real Decreto 1971/1999, ya que son los únicos criterios válidos para calificar el grado de discapacidad de una persona.

En esa prueba pericial se debe recoger el parecer médico, psicológico y/o social o sólo alguno de ellos, dependiendo de lo que vayas a impugnar del dictamen técnico de la Administración.

Tienes también la posibilidad de llevar a tus peritos al acto del juicio para defender y explicar la prueba pericial y las conclusiones a las que en ella se lleguen.

Preguntas frecuentes sobre la reclamación del grado de discapacidad

¿Necesito un abogado/a para poner una reclamación previa sobre la resolución del grado de discapacidad?

Necesitar, necesitar, no lo necesitas. Es decir, no es un requisito de la Ley estar asistido de abogado y procurador para hacer una reclamación previa. Lo puedes hacer tú mismo con tu mecanismo.

Ahora bien, sí que te interesa tener asesoramiento profesional. El motivo es que si luego interpones demanda en la jurisdicción social no podrás alegar hechos distintos de los que hayas alegado en tu reclamación administrativa previa, salvo que se hayan producido con posterioridad a tu reclamación.

Es decir, todo lo que no se recoja en reclamación previa no podrá ser juzgado en los tribunales de lo Social.

Conclusión: ¿Es imprescindible tener abogado para poner la reclamación previa? No. ¿Es aconsejable? Sí, mucho.

Advertencia legal: Este análisis sólo contiene información general y no se refiere a un supuesto en particular. Su contenido no se puede considerar en ningún caso recomendación o asesoramiento legal sobre ninguna cuestión ni caso particular.

32 comentarios

  1. Buenas tardes, mi consulta se refiere a la denegación por segunda vez (tras reclamación al centro base correspondiente) del grado de discapacidad para mi hijo diagnosticado y medicado como TDAH con riesgo de conductas lesivas, SIN ni siquiera haberle valorado… alegan de nuevo que «está en evolución»… pero no entendemos qué evolución va a tener un TDAH … es incomprensible… ¡qué impotencia!
    ¿Podría decirnos cuál será la mejor forma y la más efectiva de reclamarlo?

    Muchas gracias de antemano, un saludo.

  2. hola , el 28 de septiembre 2022 , con la asistenta social, enviamos documentación , para valorar mi grado de minusvalía, estamos a 16 de enero del 2023 , y todavía , no he recibido ninguna contestación
    Me dijeron que tardaban entre 8 y 9 meses!!!!

  3. Alguna vez contestan a las reclamaciones positivamente? Son más la no contestadas?? No se si reclamar, no tengo claro que sirva para nada si no es demandando después

  4. Hola me gustaria que alguien me dijera que se puede hacer en mi caso mi marido tuvo un accidente y le amputaron una pierna pedimos la discapacidad y le dan un 40 y movilidad reducida dicen que no tiene porque personas con dos piernas tienen movilidad reducida y mi marido no? la resolucion la han hecho sin verlo ni ver los informes actualizados ahora vamos al juzgado

  5. Me ha llegado la notificación de la respuesta a una reclamacion administrativa a un grado de discapacidad (inferior al 33%) con el que no estoy de acuerdo. Me dan 30 días para interponer recurso en el Juzgado de lo Social. Mi duda es, en ese plazo ¿cuenta agosto o es inhábil?

    Gracias

  6. Hola, buenas tardes,

    Mi madre a ido a valoraciones ya tenía una discapacidad reconocida, por enfermedades que tiene degenerativas, la última vez que fue a valoraciones fue hace 10 años y ahora a vuelto y le han dicho que ha mejorado, en que cabeza cabe? La carta pone que tiene 10 días para reclamar.

    Esto es normal? Es un sin sentido.

    Hay algún modelo para poder hacerlo?

    Muchas gracias

    Un saludo

    1. Buenas tardes Saray, mi recomendación sería que contactes con un abogado/a especializado en este tema.

      Como mencionamos en el artículo, aunque no es obligatoria la asistencia letrada en este tipo de reclamaciones sí que resulta muy recomendable para enfocarla y argumentarla adecuadamente y tener así las mayores probabilidades de éxito.

      Espero que todo se resuelva de la mejor manera posible.

      Un saludo.

  7. Hola, si contestan a la reclamación administrativa previa con negativa a lo solicitado, ¿cuál es el plazo para demandar en el Juzgado de lo Social? Y, si pasan 45 días sin noticias, ¿se puede ya demandar o hay que esperar los seis meses que decís puede tardar el silencio administrativo negativo?

  8. Hola, quisiera saber de forma certera si los 45 días que tienen para contestar una reclamación previa administrativa por discapacidad son hábiles (entiendo que sí) y si agosto se considera hábil o inhábil. Muchas gracias de antemano.

  9. Hola!! el día 2 recogí el resultado de revisión del grado de discapacidad por TDAH por mejoría o empeoramiento de mi hijo, le dieron 33% y le an dado 38% pero por inteligencia límite y no menciona TDAH, en los informes que aporté todos( colegio, Instituto, neurólogo y psicologa) hacen referencia al TDAH, la medicación que toma desde 2015 es Metilfenidato para TDAH y la primera valoracion en todos los informes( unidad de salud mental infantil, orientador del colegio, neurólogo y psicologa privado) igual TDAH, es cierto que el informe devaluación psicopedagógica hace mención al coeficiente intelectual que entra dentro del rango de inteligencia límite, entiendo que son dos cosas diferentes a valorar puesto que el TDAH no se cura, las becas y todas las intervenciones en el ámbito académico van dirigidas al déficit de atención, no se que hacer ni como.

    Saludos

    1. Buenos días Cristobal, mi recomendación sería que te pongas en contacto con un abogado/a especialista en el tema. Entiendo que podrías reclamar la resolución del grado de discapacidad de tu hijo en vía administrativa y, sino se resuelve, acudir a la vía judicial para reclamar que se tome en consideración el TDAH que parece que no han tenido en cuenta. ¡Mucha suerte y espero que todo se resuelva favorablemente!

  10. Buenos días , a mi me han contestastado y estoy en desacuerdo con el grado que se me ha otorgado, pero ya han pasado los 30 días y no puse la reclamación porque no tenia abolutamente nada nuevo que aportar. Ahora Mismo tengo más informes ¿que debo hacer y donde ? Muchas gracias ☺️

  11. Buenos días.

    Acaban de darme un 56% de discapacidad. Estoy deacuerdo en el baremo respecto a las enfermedades (fibromialgia, depresión, hernias discales y migrañas) pero no me han valorado la de insuficiencia respiratoria (17% en espirometría). Soy asmática y el caminar y cualquier esfuerzo me produce asma. También me han valorado 0 el baremo de movilidad. Debería reclamar?? O no merece la pena porque lo van a desestimar?

  12. Buenas tardes, resulta que hoy acude la persona interesada al centro base n° 2 de Vallecas para presentar la reclamación previa por no estar de acuerdo con el grado de discapacidad fallado en resolución y de muy malas formas no se lo han querido registrar con comentarios de los auxiliares adm. como «estamos hasta arriba», que puede hacer esta ciudadana para registrar su reclamación previa cuando no hay cita previa para registro en ese Centro Base. Puede acudir a otro Centro Base, Ayuntamiento de su localidad??, muchas gracias por su labor y aclaraciones.

    1. Buenos días Iván, por supuesto que la persona interesada puede presentar su reclamación previa en otro lugar. El artículo 16.4 de la Ley 39/2015 dice dónde se pueden presentar los documentos dirigidos a la administración.

      También lo puede presentar de manera on-line en el Registro electrónico de la Comunidad de Madrid tal como establece el artículo 14 ley 39/2015

  13. He recibido hoy la carta del centro base, y después de muchos problemas y tener que pasar dos veces por todo el proceso, debido a problemas de centro base, de dos problemas de salud que he llevado todos los informes sólo me han valorado uno. La cuestión es que cambiaron de médico y extraviaron mis anexos. El segundo médico que me atendió me preguntó que problema era más importante, en ese momento a parte de quedarme boquiabierta, mi respuesta fue que evidentemente el dolor agudo que llevo 8 años soportando, el otro problema que es un diagnóstico de hipoacusia en el odio derecho, no está valorado en la carta. Imagino que la solución es reclamar? No doy crédito a lo que me está pasando después de más de dos años y medio de espera.

    1. Buenas noches Irene,
      Siento mucho que hayas tenido que pasar dos veces por todo el proceso y que te hayan extraviado los anexos.
      Por lo que cuentas creo que sería interesante reclamar.
      Un saludo.

      1. Gracias por tu pronta respuesta. Voy a reclamar. Sólo una pregunta más si eres tan amable, ¿Sería conveniente explicar absolutamente todo lo que ha ocurrido con mi caso, (la tardanza, el no anexar la audiometría en mi expediente, la pregunta del médico diciéndome que qué era más importante para mi), o por el contrario sería más conveniente no hacer un texto demasiado extenso?

        Gracias de antemano.

        Un saludo,

        1. Buenas tardes Irene y suerte con tu reclamación.

          Tal como explicamos en el artículo sería interesante que hagas tu reclamación bajo supervisión de un abogado/a, tanto para tener las mayores posibilidades de que tu reclamación llegue a buen puerto como porque eso te va a condicionar el procedimiento judicial posterior, en caso de que lo haya.

  14. Me han dado un 46% de minusvalía por fibromialgia y depresión no estoy de acuerdo, si hago la reclamación en 30 días y no me la suben q más pasos tengo q seguir? Gracias

  15. Me han dado un 46% de minusvalía por fibromialgia y depresión no estoy de acuerdo, si hago la relación en 30 días y no me la suben q más pasos tengo q seguir. Gracias

  16. Si solicitas el certificado y no te contestan en plazo se puede reclamar por silencio administrativo?

    1. Buenas tardes Sandra,

      Efectivamente, si solicitas la valoración del grado de discapacidad y no te contestan en plazo podrías reclamar presentando un recurso de alzada.

  17. Tengo un hijo de 10 años con tdah y sindrome de piernas inquietas, he solicitado el grado de minusvalia y le han dado un 10 % que no sirve como minusvalia. El caso es que ahora el niño esta con mucho mas de hiperactividad pero no tengo informes porque las visitas a los especialistas son para largo. Quiero presentar una reclamacion por el grado pero me quedo sin tiempo para presentar informes medicos

  18. Las puntuaciones otorgadas x distintas deficiencias donde se obtienen, ya q te dan los porcentajes de minusvalía pero no sabes a que corresponden si hay varios déficit. Tan solo dividen los porcentajes en sanitarios y sociales

    1. Buenos días Manuel,

      Las puntuaciones otorgadas tienen que corresponder con lo que dice el Anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

      Pero si te pones a mirar el anexo es muy difícil saber a qué corresponde cada cosa. Muchas veces hay que recurrir a un especialista que conozca el baremo y tenga los conocimientos técnicos para decirte a qué corresponde cada cosa.

  19. SOLO UNA PREGUNTA FÁCIL Y SENCILLA: ¿ PORQUE LA ADMINISTRACIÓN NO NOS CONTESTA AL RECURSO PRESENTADO EN MOMENTO Y FORMA, SERA PORQUE TENEMOS RAZÓN Y PASAN DE DARNOS LA RAZÓN, OSERA PORQUE PASAN DE NOSOTROS SIMPLEMENTE, ?SALUDOS.

    1. Entiendo tu frustración Manuel, da mucho coraje que no te respondan. Espero que al final consigas una respuesta favorable. Mucho ánimo!!

    1. Buenas!! El plazo de 30 días lo puedes comprobar tanto en la propia resolución administrativa, como en el art. 71 de la Ley de jurisdicción social.

  20. Necesito informe pericial para interponer reclamación ante la jurisdicción de lo social por el grado de discapacidad que me otorgaron

    1. Rosaly mucho ánimo y que vaya bien tu reclamación. Además de solicitar un informe pericial puedes presentar todos los informes médicos que ya tengas. Cuanto más recientes mejor.

      Un saludo.

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