Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas es la ley administrativa de referencia respecto de la relación de las Administraciones públicas con la ciudadanía.
Cabe diferenciar en ella dos ámbitos fundamentalmente:
El índice de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común es el siguiente:
TÍTULO PRELIMINAR Disposiciones generales
Artículo 2 Ámbito subjetivo de aplicación.
TÍTULO I De los interesados en el procedimiento
CAPÍTULO I La capacidad de obrar y el concepto de interesado
Artículo 3. Capacidad de obrar.
Artículo 4. Concepto de interesado.
Artículo 6. Registros electrónicos de apoderamientos.
Artículo 7. Pluralidad de interesados.
Artículo 8. Nuevos interesados en el procedimiento.
CAPÍTULO II Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo
Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento.
Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas.
Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo.
Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados.
TÍTULO II De la actividad de las Administraciones Públicas
CAPÍTULO I Normas generales de actuación
Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
Artículo 15. Lengua de los procedimientos.
Artículo 17. Archivo de documentos.
Artículo 18. Colaboración de las personas.
Artículo 19. Comparecencia de las personas.
Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación.
Artículo 21. Obligación de resolver.
Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver.
Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar.
Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio.
Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas.
Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas.
Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo.
CAPÍTULO II Términos y plazos
Artículo 29. Obligatoriedad de términos y plazos.
Artículo 30. Cómputo de plazos.
Artículo 31. Cómputo de plazos en los registros.
Artículo 33. Tramitación de urgencia.
TÍTULO III De los actos administrativos
CAPÍTULO I Requisitos de los actos administrativos
Artículo 34. Producción y contenido.
CAPÍTULO II Eficacia de los actos
Artículo 37. Inderogabilidad singular.
Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones.
Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel.
Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos.
Artículo 44. Notificación infructuosa.
Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones.
CAPÍTULO III Nulidad y anulabilidad
Artículo 47. Nulidad de pleno derecho.
Artículo 49. Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos.
Artículo 50. Conversión de actos viciados.
Artículo 51. Conservación de actos y trámites.
TÍTULO IV De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común
CAPÍTULO I Garantías del procedimiento
Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo.
CAPÍTULO II Iniciación del procedimiento
Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 54. Clases de iniciación.
Artículo 55. Información y actuaciones previas.
Artículo 56. Medidas provisionales.
Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración
Artículo 58. Iniciación de oficio.
Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa.
Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior.
Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos.
Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia.
Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora.
Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora.
Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado
Artículo 66. Solicitudes de iniciación.
Artículo 67. Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Artículo 68. Subsanación y mejora de la solicitud.
Artículo 69. Declaración responsable y comunicación.
CAPÍTULO III Ordenación del procedimiento
Artículo 70. Expediente Administrativo.
Artículo 72. Concentración de trámites.
Artículo 73. Cumplimiento de trámites.
Artículo 74. Cuestiones incidentales.
CAPÍTULO IV Instrucción del procedimiento
Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 75. Actos de instrucción.
Sección 2.ª Prueba
Artículo 77. Medios y período de prueba.
Artículo 78. Práctica de prueba.
Sección 3.ª Informes
Artículo 80. Emisión de informes.
Sección 4.ª Participación de los interesados
Artículo 82. Trámite de audiencia.
Artículo 83. Información pública.
CAPÍTULO V Finalización del procedimiento
Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores.
Artículo 86. Terminación convencional.
Sección 2.ª Resolución
Artículo 87. Actuaciones complementarias.
Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador.
Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores.
Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Sección 3.ª Desistimiento y renuncia
Artículo 93. Desistimiento por la Administración.
Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados.
Sección 4.ª Caducidad
Artículo 95. Requisitos y efectos.
CAPÍTULO VI De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común
Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.
CAPÍTULO VII Ejecución
Artículo 99. Ejecución forzosa.
Artículo 100. Medios de ejecución forzosa.
Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio.
Artículo 102. Ejecución subsidiaria.
Artículo 103. Multa coercitiva.
Artículo 104. Compulsión sobre las personas.
Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias.
TÍTULO V De la revisión de los actos en vía administrativa
CAPÍTULO I Revisión de oficio
Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos.
Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables.
Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores.
Artículo 110. Límites de la revisión.
CAPÍTULO II Recursos administrativos
Sección 1.ª Principios generales
Artículo 112. Objeto y clases.
Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión.
Artículo 114. Fin de la vía administrativa.
Artículo 115. Interposición de recurso.
Artículo 116. Causas de inadmisión.
Artículo 117. Suspensión de la ejecución.
Artículo 118. Audiencia de los interesados.
Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos.
Sección 2.ª Recurso de alzada
Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición
Artículo 123. Objeto y naturaleza.
Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión
Artículo 125. Objeto y plazos.
TÍTULO VI De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones
Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley.
Artículo 128. Potestad reglamentaria.
Artículo 129. Principios de buena regulación.
Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación.
Artículo 131. Publicidad de las normas.
Artículo 132. Planificación normativa.
Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.